número 33 / mayo 2012

Mediación en provincias argentinas II

Nilda M. Yaeger Bullón

La mediación en Corrientes

En la provincia de Corrientes, los legisladores han tenido la visión y sabido interpretar la realidad de nuestra comunidad. En consecuencia han colaborado con el dictado de diversas normas jurídicas que permiten que la mediación sea una alternativa de aplicación válida y que se difunda en todo el ámbito de la provincia. Es así desde la misma Constitución Provincial (artículo 48º, último párrafo) prevista en la Reforma de 2007, y consecuentemente, las dictadas para los distintos sectores. El Gobierno Comunal no ha quedado ajeno a esta impronta y ha hecho lo suyo.

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Nilda M. Yaeger Bullón
Con mucho orgullo y satisfacción puedo decir que formo parte del equipo docente y de operadores del Centro Judicial de Mediación (CJM) del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes, desde sus inicios, como coordinadora  del Área de Capacitación, Extensión de la Red Provincial y Miembro del Equipo Docente del área. Capacitadora en Técnicas de Resolución de Conflictos y Métodos Alternativos en cumplimiento de los Convenios suscriptos entre el CJM y otras áreas de gobierno.
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