la práctica

Mi hijo el ladrón

Patricia V. Arechaga

El presente caso se desarrolló en un ámbito donde no existe la mediación prejudicial
obligatoria y en consecuencia la convocatoria del Juez se realiza ya iniciada la pertinente demanda.
Sonia y Carlos relatan que recibieron una denuncia contra su hijo Roberto, de 15 años, conjuntamente con un allanamiento en su casa, y que la denuncia la había iniciado la "Señora", una profesora de colegio secundario llamada María, de quien pensaban con anterioridad que era una persona honesta y de trabajo como ellos. "Nos equivocamos", afirman luego.
A continuación, Sonia comenta que su hijo no quería ir más al colegio, que se fue perdiendo el dialogo con él, y se pasaba horas encerrado en su casa.
Si bien la demanda iniciada era por un reclamo de daños y perjuicios derivados de esta denuncia, agregó que esto no era una cuestión de plata: "Ella tiene que entender lo que ha pasado mi hijo. Mi hijo y su hijo eran amigos".
También comenta que no entiende a la "Señora": "No sé qué la llevó a actuar así. Los compañeros del colegio comenzaron a ignorar a nuestro hijo. Todo esto me cayó como un balde de agua fría".
La abogada de esta familia explica el asunto: hubo un robo en la casa de la "Señora", quien denunció como autor al hijo de Sonia y Carlos.
"Yo sufrí un robo" - comienza diciendo María - "Soy una mujer sola, con tres hijos menores, uno de ellos con parálisis cerebral. Soy una mujer llena de cargas y me siento muy insegura. Me vaciaron la caja, anduvieron por donde yo dormía, tiraron mi ropa interior, dejaron la puerta cerrada, el perro no atacó. Se llevaron cosas puntuales".
"Cuando fui a hacer la denuncia, yo dije que Jorge era un posible autor pero no dije que era el culpable. Yo jamás pedí el allanamiento, no lo hice. Pero considero que hacer la denuncia fue lo correcto. Soy una mamá de tres menores asustada. No actué con malicia, de casa no salieron comentarios que afectaran a Jorge. ¿Qué querían, que fuera a su casa y les avisara que su hijo era un ladrón?"
En una reunión privada con María, ella nos comunica que siente mucha incomodidad e incertidumbre con esta situación, y que quisiera tener una conversación con Jorge, con la autorización de los padres, para pedirle disculpas, y que ellos retiren la demanda.
Cuando hablamos con Sonia y Carlos en privado nos dicen que su familia había sentido muy fuertemente la sacudida de este hecho, que había mucha molestia e incomodidad con la situación, y que su hijo se había sido rebajado a nivel de ser un delincuente.
Intentamos algunas intervenciones para explorar la posibilidad de que Jorge hable con su profesora. Las respuestas que se podían escuchar eran ambiguas.
Reunidos en una audiencia conjunta final, para dar un cierre a la mediación, retornan a la mesa los conceptos de "incomodidad con estas situaciones, necesidad de disculpas...."y nos sentimos entusiasmados con mi colega mediadora de hacer intervenciones tendientes a tomar estos conceptos para replantear la cuestión. Es decir, tomar estas sensaciones de incomodidad, de molestias que ambas familias estaban atravesando por esta situación y la necesidad de reconfortamiento familiar que ambos participantes habían expresado.
.Carlos interrumpe la intervención y dice muy enojado que nosotros no entendemos, que ellos van a solucionar este tema en el seno de su familia, que el malestar lo van a resolver entre ellos y que van a aceptar la decisión de un juez.
Elegí este caso porque fue paradigmático en mi práctica. El interrogante planteado ante el rechazo del recorte por nosotros efectuado, me fue útil para reflexionar un modo de definir la cuestión mediable.
Lo mediable se definirá en tanto el recorte que el mediador haga del planteo de las partes, pueda ser tomado por ellos como un problema común a resolver. En dicho recorte, el mediador debe haber podido escuchar la significación que tiene para cada uno el conflicto planteado, significación que le es propia, y a partir de allí intentar trabajar la cuestión en términos tales en que no escale el conflicto, que no se ahonde, sino que se pueda construir una mirada más o menos común que permita una salida compartida.
En el caso, si esta es mi hipótesis de trabajo, no hubo desde nuestro rol una exploración suficiente de lo que significaba para los padres de Jorge que en su familia alguien fuera acusado de ladrón, y en consecuencia nos adelantamos con una intervención desde lo que nosotros considerábamos como intereses comunes sin una investigación más profunda de la significación que, por lo menos para uno de ellos, tenía lo que se estaba debatiendo.
La formulación que hoy podemos hacer del caso obedece a haberlo repensado con una mirada y otorgarle significación a posteriori del mismo.