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Bibliografía comentada

Teoría de conflictos

Remo F. Entelman

la trama

Hacia un nuevo paradigma

Cuando me acerqué a los desarrollos del Dr. Entelman acerca del objeto conflicto, tuve un sentir ambiguo: un placer inmenso por la lectura de articulaciones teóricas tan ausentes, que no habían sido enunciados por nadie de la ciencia jurídica y, por otro lado, una tristeza por no tener 20 años, ser estudiante de derecho y haberme formado con el entretejido de esos saberes, al decir de mi compañera Matilde Risolía.
Cuánta inquietud me hubiera ahorrado como resabio de preguntas que entonces quedaban sin responder y que hoy retornan tan medulosa y claramente planteadas por Entelman.
Debo agradecer especialmente a mi amiga María Alejandra Goldsack que me acercó las lecturas de los papeles de trabajo del autor, antes de que el libro saliera a la luz. Por ese motivo le pedí que comentáramos juntas este libro, revolucionario para mí dentro del campo de las ciencias jurídicas, tanto como los trabajos de Pierre Legendre.
Quisiera que el comentario de este libro, sin duda de gran utilidad teórica por su perspectiva amplia, no reducida a la particular visión de una profesión determinada, despierte en los abogados el fervor, la pasión por redescubir la tarea del abogar ante los conflictos.

Patricia Valeria Aréchaga

Remo F. Entelman propone una teoría del Conflicto en General o del Género Conflicto; pone a consideración del lector la idea de un concepto universal de conflictos. Concibe a los mismos como una especie del género relaciones sociales y postula que en su gran generalidad dichas relaciones contienen áreas de incompatibilidad de objetivos (o conflictos), que coexisten con otras de compatibilidad o coincidencia de objetivos. Sintetiza años de trabajo, realizando lo que considera apenas el esbozo de un nuevo escalón en el camino ascendente del saber acumulativo e invita a la comunidad científica a la reflexión de un nuevo paradigma. Transmite con claridad que ha llegado el momento en que las universidades asuman su responsabilidad en materia de enseñanza sobre el conflicto.
Desarrolla su exposición en dos partes: la primera destinada a explorar el universo de los conflictos; la segunda que contiene diversos análisis del objeto conflicto: una Estática del Conflicto (capítulos 3 a 9) y la Dinámica del Conflicto (capítulos 10 a 13).
En la Primera Parte (El universo de los conflictos), entendemos que hay dos ideas centrales: una primera referida a la existencia de conflictos entre pretensiones antagónicas e incompatibles, en situaciones en las que el derecho declara permitidas a ambas, es decir, abre el amplio universo conductas permitidas versus conductas permitidas.
La otra idea central de esta primera parte consiste en la descripción del sistema jurídico como un modo violento de resolución de conflictos. De allí la trascendencia en ahondar en las técnicas pacíficas.
El autor sostiene que las normas jurídicas, la actuación profesional de los abogados y las técnicas que la ciencia aplicada elabora, funcionan en la vida social como instrumentos para la resolución de conflictos entre pretensiones incompatibles de dos o más sujetos. Sin embargo el universo de conflictos que la ciencia jurídica reconoce, se circunscribe a un sistema cerrado de normas que resuelve todos los enfrentamientos posibles, sobre la base del principio de "norma de clausura", Es decir todo lo que no esta prohibido por las normas se considera jurídicamente permitido.
¿Qué sucede entonces con un número infinito de conflictos que el derecho desconoce, o deja de lado, porque se articulan entre pretensiones incompatibles de los sujetos humanos pero igualmente permitidas o no sancionadas? ¿Qué pasa, se pregunta el autor, con el amplio espacio donde se producen los conflictos permitido vs. permitido, que en realidad constituyen la clase más numerosa del género conflicto? El derecho cubre dicho orfandad en su seno. Recuerdo palabras de Carbonnier cuando dice que el derecho tiene vocación al todo.
Y así, aparecen, numerosos ejemplos en lo que cada uno de nosotros es libre (no está prohibido) de pretender lo que pretendemos y el derecho no prevé proteger dicha pretensión poniendo a cargo del otro la obligación de satisfacerla.
En tales situaciones, en el espacio de las confrontaciones permitidas, el método de resolución de conflictos que ofrece el sistema jurídico no es aplicable. Dice el autor que en ese momento se toma conciencia de que el conflicto con resolución prevista en normas jurídicas es una parcialidad del género conflicto.
¿Cómo modificar, nuestra primera reacción, de pensar que no estamos jurídicamente obligados ante determinadas conductas?. ¿Cómo eliminar de nuestra formación, la concepción, de que al no tener un sujeto de derecho obligado a lo que se solicita no estamos en conflicto?.
Una porción de peldaño nos ha sido adjudicada en esta primera parte en donde se nos invita a derribar barreras conceptuales; menuda tarea.
La segunda idea central de esta parte, resalta el carácter violento del sistema jurídico de resolución de conflictos, en tanto recurre al uso o a la amenaza de la fuerza.
El sistema jurídico es también un método de resolución de conflictos que trata de excluir el uso de la violencia por los particulares. Sin embargo el autor enfatiza que la pretensión de asegurar la paz social no alcanza a eliminar totalmente el uso de la violencia, al quedar reservada en el estado moderno a los órganos judiciales encargados de administrar la fuerza sustraída a los particulares, en términos reglamentados por el mismo sistema.
La segunda parte, contiene diversos análisis del objeto conflicto: una Estática del Conflicto (capítulos 3 a 9) y la Dinámica del Conflicto (capítulos 10 a 13).
Al referirse a la estática del conflicto, aclara que esta terminología sólo responde a un afán pedagógico, ya que parecería contradictoria con la definición de conflicto, como especie del género relación social, es decir, como una secuencia de conductas recíprocas, cuya diferencia con ese género reside en la incompatibilidad de los objetivos de los actores que las realizan. Tal sucesión de conductas es un proceso dinámico.
Asimismo analiza el desarrollo del conflicto, sus cambios en el tiempo, los movimientos de ascenso y eventual descenso de su intensidad como también las actitudes y percepciones de los actores y sus objetivos.
Al analizar el tema de los actores del conflicto continúa la línea planteada y en la medida que categoriza al mismo como una relación social, infiere que sus actores son seres humanos. Distingue dos grandes grupos: actores individuales y actores plurales o colectivos. Una característica de los actores colectivos consiste en la tensión que dentro de ellos se produce entre dos fuerza opuestas: la "cohesión" y la "fragmentación".
El conflicto aparece tratado como un fenómeno bipolar, representado por dos campos en los cuales aparecen los actores enfrentados por la incompatibilidad de sus objetivos. Anuncia, lo que luego desarrollará al tratar la intervención de terceros en los conflictos.
Un aporte sustancial es la referencia a la toma de conciencia del conflicto por parte de los sujetos que lo padecen como elemento para el tratamiento de los mismos. Resalta también la relevancia de las percepciones del conflicto por sus actores.
Los objetivos o metas de los actores en los conflictos, son objetos, en sentido amplio de la expresión, materiales o espirituales, a los que cada actor les agrega un valor. Sigue a Rickert al distinguir entre objetivos concretos (aquellos más o menos tangibles y que, de una u otra manera son susceptibles de ser pensados como divisibles), simbólicos (son aquellos en los que en realidad el objetivo exhibido como tal no es la única meta deseada por el actor en conflicto, sino más bien un representante de otra) y trascendentes (aquellos en que el valor mismo está puesto como objetivo porque no se divisa que esté anexo a un objeto tangible ni divisible). Cerrando este punto, introduce un tema que desarrollará más adelante: cuando se detectan objetivos simbólicos o trascendentes, el conflicto en que aparecen tienen una dimensión distinta que cuando los objetivos en pugna son concretos y las dificultades de administración y resolución de esos conflictos se multiplican.
Agrega otro recurso a nuestra tarea, al analizar si el conflicto que se presenta como de objetivo único se puede tratar como uno de suma variable (proponer otras metas, las que pueden ser de carácter cooperativo, dar algo de lo que para uno tenga menos valor, pero más para el otro; otra manera consiste en dividir el objetivo, cuando ello es posible).
Cita a Julien Freund, quien habla del conflicto como una relación signada por el principio de tercero excluido, ya que una característica del conflicto es su bipolaridad, y retoma esta idea considerar las posibilidades de su inclusión.
Los terceros participantes desempeñan roles y actúan dentro del campo magnético, corriendo el riesgo de hacer implosión en uno de los campos (¨implotar¨, toma la expresión de Freund, cuando un tercero que se aproxima demasiado a uno de los campos del conflicto y termina por caer en él), cuya explicación vincula a la metáfora de la fuerza de atracción de los campos del conflicto que ha denominado ¨magnetismo conflictual".
Didácticamente nos brinda una distinción práctica entre: A) Los terceros que intervienen en la resolución: están aquellos a los que las partes en conflicto o el sistema superior que las obliga, encomiendan la resolución del conflicto y la consecuente determinación de qué parte obtendrá el objetivo incompatible (El juez y el árbitro integran esta categoría) y - otros terceros distintos de los anteriores en el sentido de que no se les adjudica el conflicto ni ellos resuelven o adjudican los objetivos (Los mediadores, los denominados moderadores, posibilitadores o facilitadores de comunicaciones integran esta categoría) y B) Terceros que participan en el conflicto: continúa con Freund, e incluye dentro de esta categoría lo que llama terceros disuasores, aquellos cuyo poder les permite obligar a la terminación del conflicto bajo la amenaza de intervenir en él. Similar es la figura del persuasor, aquél tercero que por una razón u otra tiene el poder peso suficiente de influencia.
Esta clasificación, presentada sucintamente, es otro aporte concreto a la práctica que transmite Entelman para todos aquellos que participen en un conflicto, siendo fundamental clarificar el rol de cada uno de los terceros y el propio.
Al desarrollar el tema tríadas y coaliciones toma como fuente la obra de Theodore Caplow. Los agrupamientos o sistemas humanos presentan diferencias, en ciertos casos, según el número de miembros que los integran. Así se habla de díadas, tríadas, tétradas o péntadas, para referirse a grupos de dos, tres, cuatro o cinco miembros. Realza a las tríadas (tal como la define Caplow, es un sistema social formado por tres miembros relacionados entre sí en una situación persistente) ya que, todos los grupos de más de tres miembros pueden ser reducidos a tríadas y pensados triádicamente.
Al hablar de intensidad del conflicto, la vincula con la intensidad de los medios o recursos de poder que utilizan las partes en busca de sus objetivos (se incluye también la amenaza de esa utilización).
Reafirma el carácter dinámico del conflicto lo que produce una inevitable y permanente alteración de sus términos. Llama escalada o escalamiento a un movimiento hacia niveles de mayor intensidad de la conducta conflictiva de cualquiera de los actores. Inversamente, el desescalamiento es un desplazamiento hacia niveles más bajos de intensidad. En la medida que uno de los actores escala, la situación conflictiva hace propicia la aparición de nuevas pretensiones de cualquiera de las partes o de ambas, esto es, la propuesta de objetivos nuevos, que supone la extensión del conflicto (la extensión es, en sí misma, una forma específica de escalada).
Brinda algunas precisiones, como que el desescalamiento que no puede generarse por acuerdo expreso o tácito entre las partes, sólo puede intentarse con la institución de terceros, institución que cada vez juega más un rol predominante en el manejo de conflictos de alta intensidad.
En lo que denomina variables de la conducta conflictiva, toma tres aspectos de la interacción descriptos por Mansbach y Vásquez: 1) acuerdo versus desacuerdo (pertenece al plano de la conciencia intelectual); 2) realización de actos positivos versus realización de actos negativos (pertenece a la esfera volitiva, actúan como un directo inductor en el aumento o disminución de los niveles de amistad y hostilidad, facilitan los positivos o dificultan los negativos el alcance de las metas del otro actor) y 3) amistosidad versus hostilidad (pertenecen al plano afectivo, tienen una incidencia directa a su vez en la generación de actos positivos o negativos y en la obtención de acuerdos o en generación de desacuerdos). Las últimas dos variables tienen que ver con la conducta y las actitudes de los actores, mientras que la primera se vincula a la inteligencia por éstos respecto de los temas y objetivos con relación a los cuales interactúan.
Concluye, en que, cuanto más amplio es el conjunto de temas que relacionan a las partes, en lo que ha llamado relaciones de suma variable, mayor es la posibilidad de operar con modelos de intercambio de acuerdos y desacuerdos, en los que las concesiones recíprocas posibiliten la terminación satisfactoria de los conflictos.
Otro aporte más tendiente a un profundo análisis del conflicto, es la referencia a la noción de dimensión, como las actitudes de los actores con relación al adversario y al objetivo o meta en conflicto. Se pueden identificar dos actitudes distintas: las que centran el conflicto en los actores y las que lo centran en relación con los objetivos. Recomendamos leer detenidamente los conceptos vertidos en este capítulo referidos a las dificultades cuando el conflicto es actoral.
Con referencia a la etapa final de los conflictos distingue los conflictos casuales o accidentales respecto de la relación; considera que podrían ser suceptibles de terminación, reserva la expresión resolución para la etapa final de aquellos otros que muestran una especie de presencia reiterada, que parecen intrínsecos de la particular relación en la que se producen.
Al margen de los métodos de resolución disponibles, considera que son muy pocos los modos en que terminan los conflictos.
Caracteriza la negociación, en todas sus formas, como método endógeno, entendido éste como el que se desenvuelve dentro mismo del sistema en conflicto. Los que se desenvuelven fuera del sistema en conflicto, son los métodos exógenos, prototipo de los cuales es el proceso judicial, en la medida en que resulta emblemático de la intervención de un tercero en el proceso de terminación.
A su vez clasifica a los métodos exógenos en función a un criterio que considera esencial: la distinción entre participación o intervención, ejemplifica con la mediación como típica intervención de terceros que no resuelven.
Siembra la inquietud en cuanto a la elección por parte de los actores del método de resolución y brinda una serie de elementos, reconociendo la dificultad de la búsqueda y el hallazgo de soluciones nuevas. Una interesante invitación a la reflexión.
A modo de cierre concluimos, que Entelman a través de su libro nos indica una línea conceptual sobre la cual trabajar frente a un conflicto: considerar sus actores, su número y su conciencia acerca del conflicto; los objetivos, el poder que tuvieran, los terceros en el conflicto, las tríadas y coaliciones, la intensidad del conflicto con sus escaladas y desescaladas, sus dimensiones y la etapa final. Consideramos el comienzo de una gran tarea, hacia un nuevo paradigma.

María Alejandra Goldsack y Patricia Valeria Aréchaga